Este 22 de agosto, el ministro de Salud, Luis Francisco Sucre, presentó ante la Asamblea Nacional el proyecto de Ley 16-22, que modifica el literal del artículo 8 de la ley 24 de 1963, lo que permitiría que las farmacias puedan importar medicamentos.
El literal citado describe las funciones que tienen las farmacias como parte de los establecimientos farmacéuticos en general; se hace referencia a la preparación y venta de medicamentos, pero no a la importación.
De acuerdo con el Ministerio de Salud, si se llega a aprobar la iniciativa, los agentes tendrán la posibilidad de importar los productos siempre que presenten el certificado de importación y la factura de compra. En el caso de que los medicamentos provengan de países con bajos estándares, se mantendrán en cuarentena hasta que se realicen las pruebas necesarias.
En esa dirección, si los productos no tienen valor comercial y se tratasen de medicamentos de uso personal el importador deberá presentar:
- Receta médica
- Factura detallada
- Copia de cédula o pasaporte
- Carta de relevo de responsabilidad a la autoridad de Salud y guía aérea
La cantidad que se importe no podrá superar los seis meses de tratamiento. La importación se permitirá si se demuestra la cadena de frío. Los medicamentos que aplicarían para esta modalidad serán los biológicos, biotecnológicos, hemoderivados, homeopáticos y administrados vía parenteral.